381.026 Declaración de los Derechos y las
Responsabilidades de los Pacientes de La Florida.-
(1) TÍTULO CORTO.—Esta sección se puede
citar como la “Declaración de los Derechos y las Responsabilidades de los
Pacientes de La Florida”
(2) DEFINICIONES.—Como
se usan en esta sección
y en s. 381.0261 el término:
(a) “Departamento” significa el Departamento de Salud (Department of
Health).
(b) “Instalación de cuidados
de salud” significa una instalación con licencia conforme el capítulo 395
(chapter 395).
(c) “Proovedor de cuidados de salud ”significa médico con licencia
conforme el capítulo 458 (chapter 458), médico osteopático con licencia
conformeel artículo 459 (chapter 459) o médico pedicuro con licencia conforme
el capítulo 461 (chapter 461).
(d) “Proveedor
responsable” significa el
proveedor de cuidados de salud que tiene la responsabilidad primaria por el
cuidado del paciente en una instalación de cuidados de salud o en el
consultorio del proveedor.
(3) PROPÓSITO.-- El propósito de esta sección es fomentar los intereses y el bienestar
de los pacientes de proveedores de cuidados de salud y de las instalaciones de
cuidados de salud y fomentar una mejor comunicación entre el paciente y el
proveedor de cuidados de salud. El
propósito del Cuerpo Legislativo es que los proveedores de cuidados de salud
entiendan su responsabilidad de darles a los pacientes una comprensión general
de los procedimientos que se les van a hacer y de proveerles información con
respecto a su cuidado de salud para que puedan tomar decisiones de manera
informada, después de tomar en consideración la información relacionada con su estado de salud, las
posibilidades de tratamiento disponibles y los riesgos substanciales y peligros
inherentes en los tratamientos. El propósito del Cuerpo Legislativo es
que los pacientes tengan un conocimiento general, de sus responsabilidades hacia
los proveedores de cuidados de salud y las instalaciones de cuidados de salud. El propósito del Cuerpo Legislativo es
que al
proveer dicha información a los pacientes se podrá eliminar potenciales malentendidos entre los pacientes y los proveedores de cuidados de salud y las
instalaciones de cuidados de salud. Es la política del estado que se
reconozcan los intereses de los pacientes en una declaración de los derechos y
las responsabilidades de los pacientes y que ninguna instalación de cuidados de
salud y ningún proveedor de cuidados de salud deba requerir que los pacientes
renuncien a sus derechos como condición para recibir tratamiento. Esta sección no debe usarse con ningún propósito en ningún proceso
civil o administrativo y ni expande, ni limita cualquier derecho o recurso que
se provee en cualquier otra ley.
(4) DERECHOS DE LOS PACIENTES.—Cada
instalación de cuidados de salud o proveedor debe observar los siguientes
criterios:
(a) Dignidad individual.--
1. Se
debe respetar la dignidad individual del paciente en todo momento y en todos los
casos.
2. Todo paciente a quien se le
provee servicios de cuidado de salud retiene ciertos derechos a la privacidad
que deben respetarse sin considerar la condición
económica del paciente o el origen del pago de su cuidado. Se debe respetar el derecho a la privacidad
del paciente hasta el punto en que sea consistente con el proveerle cuidados médicos
adecuados al paciente y con la administración eficiente de la instalación de
cuidados de salud o del consultorio del proveedor. Sin embargo, este sub-párrafo no precluye la discusión, necesaria y discreta, del caso de un paciente o
su reconocimiento físico por parte del personal médico apropiado.
3. El paciente tiene el derecho
de que se le conteste rápida y razonablemente a una pregunta o solicitud. Una instalación de cuidados de salud debe responder de manera razonable
a las peticiones del proveedor de cuidados de salud de un paciente, de que se le
den servicion médicos al paciente. La
instalación de cuidados de salud debe responder de manera razonable a la petición
de un paciente de que se le provean otros servicios que normalmente se rinden en esa instalación hasta
el punto en que no se requiera que esos servicios sean aprobados por el proveedor de
cuidados de salud o que no concuerden con el tratamiento del paciente.
4. El paciente de una instalación de
cuidados de salud tiene el derecho de quedarse con y de usar su propia ropa
cuanto lo permita el espacio, a
menos que el hacerlo infrinja en los derechos de otro paciente o se
contraindique médica o programáticamente por razones médicas, de seguridad o
programáticas documentadas.
(b) Información.—
1. El paciente tiene el derecho
de saber el nombre, función y competencia de cada proveedor de cuidados médicos
que le provee servicios médicos al paciente. El paciente le puede pedir dicha información a su proveedor de cuidados
de salud responsable o a la instalación de cuidados de salud en que recibe servicios médicos.
2. El paciente de una instalación de
cuidados de salud tiene el derecho de saber cuáles son los servicios de apoyo
que existen en la instalación.
3. El paciente tiene el derecho de que su proveedor de cuidados de salud le dé
información con respecto al diagnóstico, planes de curso de tratamiento,
alternativas, riesgos y pronósticos, a menos que sea médicamente
desaconsejable o imposible darle al paciente esta información, en cuyo caso se
le debe dar la información al guarda del paciente o a la persona designada como
representante del paciente. El
paciente tiene el derecho de rehusarse a que se le dé esta información.
4. El paciente tiene el derecho de rehusarse a recibir cualquier tratamiento
basándose en la información requerida en este párrafo, excepto
en lo previsto de otra manera por la ley. El proveedor responsable debe documentar cualquier rechazo de esta índole.
5. El paciente de una instalación
de cuidados de salud tiene el derecho de saber qué reglas y reglamentos de la
instalación conciernen la conducta del paciente.
6. El paciente tiene el derecho de expresarles sus quejas al proveedor de
cuidados de salud, a la instalación de cuidados de salud o a la agencia del estado apropiada que otorga las licencias
sobre cualquier supuesta violación de los derechos del paciente. El paciente tiene el derecho de saber los procedimientos establecidos por el proveedor de
cuidados de salud o por la instalación de cuidados de salud para expresar
dichas quejas.
7. El paciente de una instalación
de cuidados de salud, quien no habla inglés, tiene el derecho de que se le
provea un intérprete cuando recibe servicios médicos si la instalación tiene
una persona disponible que puede servir de intérprete a nombre del paciente.
(c) Información
financiera y revelación.--
1. El
paciente tiene el derecho de que el proveedor responsable, a quien este nombre
o, el representante de la instalación de cuidados de salud, le dé información
completa y el asesoramiento necesario sobre la disponibilidad de recursos
financieros conocidos para el cuidado de salud del paciente.
2. El proveedor de cuidados de salud o la instalación de cuidados de salud
debe, si se le pide, darle información a cada paciente que tiene elegibilidad
para recibir Medicare, antes de recibir tratamiento, si el proveedor de cuidados
de salud o la instalación que provee cuidados de salud en la que el paciente
recibe servicios médicos acepta la tasa de pagos establecida por Medicare como
pago completo por servicios médicos y tratamiento rendidos en el consultorio del proveedor de cuidados de salud o en la
instalación de cuidados de salud.
3. El proveedor de cuidados de salud o la instalación de cuidados de salud
debe, si se le pide, darle al paciente, antes de proveerle servicios médicos,
un estimado razonable de lo que se le va a cobrar por dichos servicios. Dicho estimado razonable no precluye que el proveedor de cuidados de
salud o la instalación de cuidados de salud puedan exceder el estimado o hagan
cargos adicionales basados en el estado de salud del paciente o por las
necesidades de su tratamiento.
4. El
paciente tiene el derecho de recibir una copia de una cuenta detallada, si la
pide. El paciente tiene el derecho
de que se le explique el por qué de los cobros, si lo pide.
(d) Acceso a cuidados de salud.--
1. El paciente tiene el derecho de tener
acceso a tratamiento médico o a instalaciones para recibirlo de forma imparcial
sin que se considere raza, origen nacional, religión, impedimento físico o
proveniencia del pago.
2. El paciente tiene el derecho de que se le dé tratamiento de emergencia
para cualquier estado de salud que puede deteriorarse si no se le da dicho
tratamiento.
3. El paciente tiene el derecho
de tener acceso a cualquier tipo de tratamiento que sea, a su propio juicio, o a
juicio de su proveedor de cuidados de salud, en los mejores intereses del
paciente, incluso tratamientos de salud complementarios o alternativos según lo
previsto en s. 456.41.
(e) Investigación experimental.-- Además de lo previsto en s. 766.103, el paciente tiene el derecho
de saber si el tratamiento tiene como próposito llevar a cabo investigaciones
experimentales y de consentir antes de participar en dicha investigación
experimental. Para cualquier paciente, sin tomar en cuenta su abilidad para
pagar por sus cuidados, la participación debe ser voluntaria y el paciente
tiene el derecho de rehusarse a participar. El consentimiento o rechazo del paciente se debe documentar en las notas
sobre cuidados del paciente.
(f) Conocimiento del paciente de sus
derechos y responsabilidades.—Cuando reciben cuidados de salud, los pacientes tienen el derecho de saber cuáles
son sus derechos y sus responsabilidades.
(5) RESPONSABILIDADES DE LOS PACIENTES.—Cada
paciente de un proveedor de cuidados de salud o de una instalación de cuidados
de salud debe respetar el derecho del proveedor de cuidados de salud o de la
instalación de cuidados de salud de esperar, por parte de los pacientes, un
comportamiento que, tomando en consideración la naturaleza de su enfermedad, sea razonable y responsable. Cada paciente debe respetar las responsabilidades que se describen en el
resumen a continuación.
(6) RESUMEN DE DERECHOS Y RESPONSABILIDADES.—Cualquier proveedor de
cuidados de salud que le da tratamiento a un paciente en un consultorio o en
cualquier instalación de cuidados de salud con licencia conforme el capítulo
395, que provee servicios y cuidados de emergencia o servicios y cuidados a
pacientes sin ingresarlos o ingresados y le da tratamiento a un paciente debe
adoptar y hacer acequible al paciente, por escrito, la declaración de los
derechos y las responsabilidades de los pacientes, incluso las que siguen:
RESUMEN DE LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS Y LAS RESPONSABILIDADES DE LOS PACIENTES
DE LA FLORIDA
Las leyes de la Florida requieren que su proveedor de cuidados de salud o las
instalaciones que proveen cuidados de salud reconozcan sus derechos mientras
usted recibe cuidados de salud y que usted respete el derecho de su proveedor de
cuidados de salud y de las instalaciones de cuidados de salud de esperar ciertas
normas de conducta por parte de los pacientes. Usted puede pedirle una copia del texto completo de esta ley a su
proveedor de cuidados salud o a cualquier instalación que provee cuidados de
salud. Un resumen de sus derechos y de sus responsabilidades aparece a
continuación.
El paciente tiene el derecho de que se le trate con respeto y cortesía,
reconociendo su dignidad indiviual
y protegiendo su necesidad a la privacidad.
El paciente tiene el derecho de que se le contesten sus preguntas y se
responda a sus deseos rápida y
razonablemente.
El paciente tiene el derecho de saber quién le provee servicios médicos y
quién se responsabiliza por su cuidado.
El paciente tiene el derecho de saber qué servicios de apoyo existen para el
paciente, incluso el saber si hay un intérprete a su disposición si no habla
inglés.
El paciente tiene el derecho de saber qué reglas y reglamentos conciernen su
conducta.
El paciente tiene el derecho de que su proveedor de cuidados de salud le dé
información respecto al diagnóstico, planes de curso de tratamiento,
alternativas, riesgos y pronósticos.
El paciente tiene el derecho de rehusarse a recibir tratamiento, excepto en
casos prescritos por la ley.
El paciente tiene el derecho de recibir, si lo pide, información completa y
el asesoramiento necesario sobre la existencia de recursos financieros conocidos
para ayudar con su cuidado.
El paciente que tiene elegibilidad para recibir Medicare, tiene el derecho de
saber, si lo solicita y, antes de recibir tratamiento, si su proveedor de
cuidados de salud o la instalación de cuidados de salud aceptan la tasa de
pagos establecida por Medicare.
El paciente tiene el derecho de recibir, si lo solicita y, antes de recibir
tratamiento, un estimado razonable de lo que se le va a cobrar por el cuidado médico.
El paciente tiene el derecho de recibir una copia razonablemente clara y
comprensible de una cuenta detallada y, si lo solicita, una explicación de los
cobros.
El paciente tiene el derecho de tener acceso a tratamiento médico o a
instalaciones para recibirlo de forma imparcial sin que se considere raza,
origen nacional, religión, impedimento físico o proveniencia del pago.
El paciente tiene el derecho de que se le dé tratamiento de emergencia para
cualquier estado de salud que puede deteriorarse si no se le da tratamiento.
El paciente tiene el derecho de saber si el tratamiento que se le ofrece
tiene como próposito llevar a cabo investigaciones experimentales y consentir o
rehusarse a participar en dicho tratamiento.
El paciente tiene el derecho de expresar sus quejas sobre cualquier violación
de sus derechos, tal como aparece
en las leyes de la Florida, a través del proceso de quejas del proveedor de
cuidados de salud o del lugar que proveyó esos cuidados y con la agencia del
estado que expide las licencias apropiadas.
El paciente tiene la responsabilidad de proporcionarle al proveedor de
cuidados de salud, al límite de sus mejores conocimientos, información
completa y correcta sobre sus quejas presentes, enfermedades pasadas, estadías
en el hospital, medicamentos y otras cuestiones relacionadas con su salud.
El paciente tiene la responsabilidad de informar al proveedor de cuidados de
salud de cambios inesperados en su condición física.
El paciente tiene la responsabilidad de informar al proveedor de cuidados de
salud si comprende la manera en que se procederá y lo que se espera que él o
ella haga.
El paciente tiene la responsabilidad de seguir el plan de tratamiento
recomendado por el proveedor de cuidados de salud.
El paciente tiene la responsabilidad de ir a sus citas y, si no puede ir por
cualquier razón, de notificar al proveedor de cuidados de salud o a la
instalación de cuidados de salud.
El paciente tiene la responsabilidad de aceptar los resultados de sus
acciones si rehusa tratamiento o si no sigue las instrucciones del proveedor de
cuidados de salud
El paciente tiene la responsabilidad de asegurarse de que las obligaciones
financieras relacionadas con sus cuidados de salud se cumplan tan pronto como
sea posible.
El paciente tiene la responsabilidad de seguir las reglas y reglamentos de la
instalación de cuidados de salud que tienen que ver con la conducta y cuidado
de los pacientes.
Historia.— s. 1, ch. 91-127; s. 65, ch. 92-289; s. 656, ch. 95-148; s. 21,
ch. 98-89; s. 178, ch. 98-166; s. 64, ch. 99-397; s. 7, ch. 2001-53; s. 2, ch.
2001-116.